“APRUEBAN LEY QUE QUITA LA PATRIA POTESTAD A FEMINICIDAS EN AGUASCALIENTES”
Por: #AgsRadioTvNoticias
✅ Congreso del Estado avala reformas al Código Civil para proteger a hijas e hijos de víctimas de feminicidio bajo la denominada Ley Monzón.
✅ Se establece la pérdida y suspensión de la patria potestad para agresores, priorizando el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
⚖️🚨 Aguascalientes da un paso firme para cerrar la puerta legal a agresores que pretendan mantener control sobre las hijas e hijos de sus víctimas 👇🏽👇🏽
El Pleno del Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó el dictamen de la iniciativa presentada por la diputada Yaszú Muñoz Márquez y le diputado Rodrigo Mireles, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, a la que se sumaron diversas legisladoras, con el objetivo de reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes en casos de feminicidio.
Esta reforma forma parte de las modificaciones conocidas a nivel nacional como “Ley Monzón”, un paquete legislativo que busca impedir que quienes cometen feminicidio conserven derechos parentales sobre las hijas e hijos de sus víctimas, eliminando cualquier vínculo jurídico que pueda vulnerar su bienestar.
El decreto aprobado contempla cambios directos al Código Civil del Estado. En el artículo 466 se reforman las fracciones XI y XII, y se adiciona una fracción XIII, estableciendo de manera clara que la patria potestad se pierde en el momento en que una persona sea condenada por el delito de feminicidio en contra de la madre de niñas, niños o adolescentes.
De igual forma, en el artículo 469 se reforman las fracciones V y VI, además de adicionarse una fracción VII, donde se determina que la patria potestad se suspende desde el momento en que exista un auto de vinculación a proceso por feminicidio o su tentativa en contra de la madre de menores de edad.
Con estas modificaciones, el Congreso incorpora por primera vez el feminicidio como una causa específica para la pérdida y suspensión de la patria potestad, reconociendo a las hijas e hijos como víctimas indirectas de este delito y colocando su protección en el centro de la legislación.
El dictamen aprobado establece que la patria potestad no es un derecho absoluto, sino una función que debe responder al interés superior de la niñez, por lo que resulta incompatible que una persona responsable de violencia feminicida conserve derechos sobre sus hijas e hijos.
Además, estas medidas buscan evitar la revictimización, romper ciclos de violencia y garantizar que niñas, niños y adolescentes puedan desarrollarse en entornos seguros, alejados de la influencia de quien atentó contra la vida de su madre.
Cabe destacar que, aunque la propuesta original incluía también una reforma al artículo 97-A del Código Penal del Estado de Aguascalientes, dicha modificación no fue aprobada por el Pleno, por lo que el alcance del decreto se limita exclusivamente a las disposiciones del Código Civil.
Esta aprobación representa un avance en la armonización legislativa con perspectiva de derechos humanos, género e infancia, alineándose con estándares nacionales en la materia. El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
⚖️👧 La decisión es clara, la protección de la niñez se coloca por encima de cualquier vínculo legal con agresores, marcando un precedente que redefine el alcance de la justicia y la seguridad para quienes han sido víctimas indirectas de la violencia más extrema.